El video de un hombre que fue sacado por la fuerza de un avión de la aerolínea United Airlines, debido a la sobreventa del vuelo, ha causado gran alboroto en redes sociales.
De acuerdo con los testigos, se habría anunciado en primer lugar una compensación económica y una noche de hotel para los pasajeros que cambiaran su vuelo para el día siguiente. Al no haber ningún voluntario, se sacaron al azar cuatro nombres, entre ellos, el del pasajero que fue sacado de una forma poco ortodoxa.
Pero, ¿en qué consiste la sobreventa de boletos u overbooking?
Muchas veces las aerolíneas venden más asientos de los que tiene el avión con el fin de garantizar que los vuelos se llenen al máximo en caso de alguna cancelación o por aquellas personas que no llegan a la puerta de embarque. Esta estrategia busca hacer más rentable el viaje y está permitida legalmente para reducir el impacto económico en las líneas aéreas.
¿Qué puedes hacer si es tu caso?
Como viajeros tenemos ciertas obligaciones y derechos, los cuales se obtienen con la compra de un boleto, el cual es, según la Ley de Aviación Civil, “un acuerdo entre un concesionario o un permisionario y un pasajero, por el cual el primero se obliga a trasladar al segundo, de un punto de origen a uno de destino, contra el pago de un precio”.
Partiendo de esto, nuestro boleto de avión es una especie de contrato que nos avala ante ciertas circunstancias que puedan surgir. De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en caso de sobreventa de boletos o de cancelación del vuelo, las compañías aéreas tienen la obligación de ofrecer a los afectados los siguientes arreglos:
1. Rembolsar al pasajero el precio del boleto o la proporción que corresponda a la parte del viaje no realizada.
2. Ofrecerle transporte en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cargo, los servicios de comunicación telefónica al punto de destino. Además, debe procurarle al pasajero los alimentos necesarios durante el tiempo de espera.
Si el vuelo se realiza al día siguiente, la aerolínea tiene la obligación de proporcionarle alojamiento en un hotel con el respectivo transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
3. Transportarlo a su destino y, además de los puntos 1 y 3, la empresa involucrada deberá dar al pasajero afectado una indemnización que no será inferior al veinticinco por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
IMPORTANTE: La Profeco también señala que los pasajeros no tendrán los derechos anteriores cuando hagan el viaje de manera gratuita, con tarifas reducidas que no estén disponibles al público en general, cuando no se presenten o cuando lo hagan fuera del tiempo fijado para documentarse.
Si se encuentran en esta situación y necesitan ayuda, pueden comunicarse al Teléfono del Consumidor: 01-800-468-8722 o acudir a las comandancias de Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) en los aeropuertos.
Si no son México, recuerden buscar asesoría con las autoridades encargadas de proteger al consumidor y en caso de comprar sus vuelos con tarjeta de crédito, pregunten en su banco cómo los avala en caso de algún imprevisto.
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